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Anexo de Condiciones Económicas – Características principales del contrato
Empresa:
ADX RENOVABLES, S.L.
Nombre comercial:
Adx Energía
Idiomas disponibles:
Castellano / Catalán
Dirección:
C/ Electrónica 19, Planta 7C, 08915-Badalona (Barcelona)
Teléfono :
900747185
e-mail:
info@adxenergia.es
Fecha Publicación:
{{ data_get($data ?? [], 'fecha_publicacion', '29/09/2025') }}
Validez de oferta:
{{ data_get($data ?? [], 'validez_oferta') ?: 'hasta la publicación de nuevo Anexo de Condiciones Económicas' }}
SUMINISTRO ELÉCTRICO {{ data_get($data ?? [], 'version_electrico', $version_electrico ?? 'V253000') }}

Suministro de energía eléctrica en mercado liberalizado, que incluye todos los conceptos del suministro eléctrico, con las siguientes características:

PRECIO DEL TÉRMINO DE POTENCIA (Potencia mínima facturada= Potencia Contratada)

TARIFA ACCESO
Baja tensión (BT)
POTENCIA
CONTRATADA (PC)
sin IEE y sin IVA (€/kW/día) con IEE y con IVA (€/kW/día)
P1P2P1P2
2.0TD≤ 10kW {{ data_get($elec_potencia, ['2.0TD_small', 'p1'], '') }}{{ data_get($elec_potencia, ['2.0TD_small', 'p2'], '') }} {{ data_get($elec_potencia, ['2.0TD_small', 'p1_total'], '') }}{{ data_get($elec_potencia, ['2.0TD_small', 'p2_total'], '') }}
2.0TD>10kW y ≤ 15kW {{ data_get($elec_potencia, ['2.0TD_mid', 'p1'], '') }}{{ data_get($elec_potencia, ['2.0TD_mid', 'p2'], '') }} {{ data_get($elec_potencia, ['2.0TD_mid', 'p1_total'], '') }}{{ data_get($elec_potencia, ['2.0TD_mid', 'p2_total'], '') }}
@foreach(data_get($elec_potencia, ['3.0TD', 'sin'], []) as $p) @endforeach @foreach(data_get($elec_potencia, ['3.0TD', 'con'], []) as $p) @endforeach
TARIFA ACCESO
Baja tensión
(BT)
POTENCIA CONTRATADA (PC) (€/kW/día)
P1P2P3P4P5P6
3.0TD >15kW
(≤1kV)
sin IEE y sin IVA{{ $p }}
con IEE y con IVA{{ $p }}
@foreach(data_get($elec_potencia, ['6.1TD'], []) as $p) @endforeach
TARIFA ACCESO
Alta tensión (AT)
POTENCIA
CONTRATADA (PC)
sin IEE y sin IVA (€/kW/día)
P1P2P3P4P5P6
6.1TD*Pn+1 ≥ Pn (de 1 a 30kV){{ $p }}

*Tarifa no prevista para consumo doméstico, a la que se le deberá de añadir el IVA y el IEE.

PRECIO DEL TÉRMINO DE ENERGÍA

PRECIO FIJO: El importe final a aplicar será la suma de los precios del término de potencia indicados en la tabla de "PRECIO DEL TÉRMINO DE POTENCIA", aplicados según la tarifa del CLIENTE a la potencia contratada por el CLIENTE, más los precios del término de energía indicados en el apartado "PRECIO FIJO" de la tabla de "PRECIO DEL TÉRMINO DE ENERGÍA" aplicados al consumo del CLIENTE en cada período y aplicando los tramos oportunos, que serán aplicables a todo el consumo**.

@foreach(data_get($elec_energia_fija, ['2.0TD', 'sin'], []) as $p) @endforeach @foreach(data_get($elec_energia_fija, ['2.0TD', 'con'], []) as $p) @endforeach @foreach(data_get($elec_energia_fija, ['2.0TD', 'sin'], []) as $p) @endforeach @foreach(data_get($elec_energia_fija, ['2.0TD', 'con'], []) as $p) @endforeach
TARIFA ACCESO
Baja tensión (BT)
POTENCIA
CONTRATADA (PC)
sin IEE y sin IVA (€/kW/h) con IEE y con IVA (€/kW/h)
P1P2P3 P1P2P3
2.0TD≤ 10kW{{ $p }}{{ $p }}
2.0TD>10kW y ≤ 15kW{{ $p }}{{ $p }}
@foreach(data_get($elec_energia_fija, ['3.0TD', 'sin'], []) as $p) @endforeach @foreach(data_get($elec_energia_fija, ['3.0TD', 'con'], []) as $p) @endforeach
TARIFA ACCESO
Baja tensión
(BT)
POTENCIA CONTRATADA (PC) (€/kW/h)
P1P2P3P4P5P6
3.0TD >15kW
(≤1kV)
sin IEE y sin IVA{{ $p }}
con IEE y con IVA{{ $p }}
@foreach(data_get($elec_energia_fija, ['6.1TD', 'sin'], []) as $p) @endforeach
TARIFA ACCESO
Alta tensión (AT)
POTENCIA
CONTRATADA (PC)
sin IEE y sin IVA (€/kW/h)
P1P2P3P4P5P6
6.1TD*Pn+1 ≥ Pn (de 1 a 30kV){{ $p }}

*Tarifa no prevista para consumo doméstico, a la que se le deberá de añadir el IVA y el IEE.

**Los precios estipulados en la tabla anterior serán aplicables siempre y cuando las modalidades de contrato y tarifa de acceso listadas a continuación no se superen los siguientes límites de consumo:

  • La modalidad de contratos T4/U3 con tarifa de acceso 2.0TD (contratable para suministros con potencia contratada mínima de 2 kW en P1 y consumo máximo anual de 10.000 kWh/año): límite de consumo de 10.000 kWh/año
  • La modalidad de contratos T4/U3 con tarifa de acceso 3.0TD (contratable para suministros con potencia contratada mínima de 3 kW en P1 y consumo máximo anual de 100.000 kWh/año): límite de consumo de 100.000 kWh/año
  • La modalidad de contratos T3 con tarifa de acceso 2.0TD (contratable para suministros con consumo máximo anual de 20.000 kWh/año): límite de consumo de 20.000 kWh/año.

El exceso del consumo que supere los límites de los tipos de contrato arriba indicados será repercutido de forma separada conforme a los precios especificados en la siguiente TABLA:

@foreach(['p1', 'p2', 'p3'] as $idx => $p) @endforeach @foreach(['p1', 'p2', 'p3'] as $idx => $p) @endforeach @foreach(['p1', 'p2', 'p3'] as $idx => $p) @endforeach @foreach(['p1', 'p2', 'p3'] as $idx => $p) @endforeach
TARIFA ACCESO
Baja tensión (BT)
POTENCIA
CONTRATADA (PC)
sin IEE y sin IVA (€/kW/h) con IEE y con IVA (€/kW/h)
P1P2P3 P1P2P3
2.0TD≤ 10kW{{ data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["2.0TD", "sin", $p], data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["2.0TD", "sin", $idx], '--')) }}{{ data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["2.0TD", "con", $p], data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["2.0TD", "con", $idx], '--')) }}
2.0TD>10kW y ≤ 15kW{{ data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["2.0TD", "sin", $p], data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["2.0TD", "sin", $idx], '--')) }}{{ data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["2.0TD", "con", $p], data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["2.0TD", "con", $idx], '--')) }}
@foreach(['p1', 'p2', 'p3', 'p4', 'p5', 'p6'] as $idx => $p) @endforeach @foreach(['p1', 'p2', 'p3', 'p4', 'p5', 'p6'] as $idx => $p) @endforeach
TARIFA ACCESO
Baja tensión
(BT)
POTENCIA CONTRATADA (PC) (€/kW/h)
P1P2P3P4P5P6
3.0TD >15kW
(≤1kV)
sin IEE y sin IVA{{ data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["3.0TD", "sin", $p], data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["3.0TD", "sin", $idx], '--')) }}
con IEE y con IVA{{ data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["3.0TD", "con", $p], data_get($elec_energia_exceso ?? [], ["3.0TD", "con", $idx], '--')) }}

PRECIO INDEXADO: El importe del precio mensual del término de energía se realizará a nivel horario. Se multiplicará el precio horario calculado de acuerdo a la siguiente formula por el consumo en punto frontera a nivel horario del CLIENTE en base al perfil horario según se establece en las Condiciones Generales del Contrato. Adicionalmente se aplicará un Coste Financiero del 1,1% + IVA sobre todos los componentes del contrato.

PEh = [(OMIEh + COSh + PCh + CD) x (1 + PRh(%)) + GO] X 1,015 + TA
DONDE:
PEh =Precio horario energía
OMIEh =Precio mercado diario (OMIEh)*.
COSh =Coste del operador del sistema REE)** + Remuneración OS y OM + Fondo de Eficiencia Energética + Cargos de Comercialización***
PCh =Pagos por capacidad.
CD =Coste desvíos.
PRh(%) =Pérdidas de las Redes de Transporte y Distribución, según legislación vigente en cada momento.
GO =Gasto Operativo, según tabla de precios.
TA =Término de energía de las tarifas de Acceso, según legislación vigente en cada momento.

*En SEIE por el precio horario SEIE para comercializadores (excepto CUR).

**A los costes del operador del sistema, se le aplicará una corrección para ajustar las desviaciones existentes, entre los valores provisionales calculados por REE y los reales de 4 €/MWh para baja y alta tensión en suministros peninsulares y, en suministros insulares se incrementarán en 2 euros por MWh sobre el valor aplicado en suministros peninsulares. Adicionalmente, se aplicará una corrección del 3 % en tarifas de baja tensión y de 2% en tarifas alta tensión del precio de la energía suministrada, para ajustar las desviaciones existentes, entre las pérdidas de red provisionales calculadas por REE y las pérdidas reales.

***Cargos de Comercialización: 0,0019 €/kWh a las tarifas 2.0TD con potencia contratada < 10kW, 0,0007 €/kWh a las tarifas 2.0TD con potencia contratada >10kW y 0,00055 €/kWh a las tarifas 3.0TD y 6.1TD.

Los precios de los términos de potencia y energía, de los excesos de potencia y coeficientes de discriminación, así como de energía reactiva a aplicar se corresponderán con los valores establecidos en la Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la CNMC, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2025. Asimismo, de conformidad con el RDL 8/2023, de 27 de diciembre, dichos precios, incluirán los valores determinados en la Orden TED/1487/2024, de 26 de diciembre, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y se establecen diversos costes regulados del sistema eléctrico para el ejercicio 2025. Los precios permanecerán vigentes en los términos indicados hasta nueva regulación que mantenga, modifique o sustituya los mismos, en cuyo caso los nuevos valores podrán ser trasladados automáticamente al CLIENTE.

GdOs = En caso de solicitud expresa por parte del CLIENTE de certificación de Garantías de Origen del suministro según los mecanismos establecidos por la CNMC ("Certificado energía verde"), mensualmente se facturará al CLIENTE el coste de adquisición de las Garantías de Origen ("GdOs") a un precio de   {{ data_get($gdo ?? [], 'costos.precio', '0,00') }}   c€/kWh (  {{ data_get($gdo ?? [], 'costos.kwh', '0,00') }}   c€/kWh IVA e IEE incluidos).

Gasto Operativo, según tabla de precios:
TARIFA ACCESO POTENCIA CONTRATADA (PC) PRECIO INDEXADO (cent.€/kWh)
Goh sin IEE y sin IVA Goh con IEE y con IVA
2.0TD (BT)PC ≤ 15 kW{{ data_get($gasto_operativo, ['2.0TD', 'sin'], '') }}{{ data_get($gasto_operativo, ['2.0TD', 'con'], '') }}
3.0TD (BT)PC > 15 kW{{ data_get($gasto_operativo, ['3.0TD', 'sin'], '') }}{{ data_get($gasto_operativo, ['3.0TD', 'con'], '') }}
6.1TD (AT)Pn+1 ≥ Pn (de 1 a 30kV){{ data_get($gasto_operativo, ['6.1TD', 'sin'], '') }}{{ data_get($gasto_operativo, ['6.1TD', 'con'], '') }}
SUMINISTRO DE GAS NATURAL V251600

Suministro de gas natural en mercado liberalizado para consumidores NO TELEMEDIDOS, que incluye todos los conceptos del suministro de gas natural en las siguientes modalidades de precio:

GAS NATURAL A PRECIO FIJO: El importe final a aplicar será suma del precio del TÉRMINO FIJO, indicado en la siguiente tabla y aplicado según el escalón de peaje asignado por parte de la distribuidora, y del TÉRMINO DE ENERGIA indicado en la misma tabla y aplicado al consumo del CLIENTE.

@foreach($gas_precios as $key => $g) @endforeach
TARIFA DE
ACCESO
CONSUMO
ANUAL
(kWh/año)
TÉRMINO FIJO (€/mes) TÉRMINO DE ENERGÍA
3 primeros meses 4º mes y siguientes PRECIO FIJO
(€/kWh)
PRECIO INDEXADO
(cent. €/kWh)
Sin IEH y sin
IVA
Con IEH y con
IVA
Sin IEH y sin
IVA
Con IEH y con
IVA
Sin IEH y sin
IVA
Con IEH y con
IVA
Sin IEH y sin
IVA
Con IEH y con
IVA
{{ $key }} {{ $key == 'RL.1' ? '< 5.000' : ($key == 'RL.2' ? '5.001 - 15.000' : ($key == 'RL.3' ? '15.001 - 50.000' : ($key == 'RL.4' ? '50.001 - 300.000' : '300.001 - 1.500.000'))) }} {{ $g['fijo_3m_sin'] ?? '--' }}{{ $g['fijo_3m_con'] ?? '--' }} {{ $g['fijo_4m_sin'] ?? '--' }}{{ $g['fijo_4m_con'] ?? '--' }} {{ $g['variable_sin'] ?? '--' }}{{ $g['variable_con'] ?? '--' }} {{ $g['index_sin'] ?? '--' }}{{ $g['index_con'] ?? '--' }}

GAS NATURAL A PRECIO INDEXADO: El importe final a aplicar será suma del precio del TÉRMINO FIJO, indicado en la tabla anterior y aplicado según el escalón de peaje asignado por parte de la distribuidora, y del TÉRMINO DE ENERGIA, calculado según la siguiente fórmula y aplicado al consumo del CLIENTE con un perfilado diario proporcional al perfil de la demanda nacional convencional publicada en la web de Enagás.
Adicionalmente se aplicará un Coste Financiero del 1,1% + IVA sobre todos los componentes del contrato.

TEd = [(Mibgasd+Dd)*(1+Mermas)+COSd+ GOd] * 1,015 + PaTVd
DONDE:
TEd =Término diario de energía.
Mibgasd =El precio será el resultado del "Daily Auction Price/Opening price" definido como "el precio de casación de la subasta en una sesión de negociación para un producto específico." publicado en MIBGAS con entrega en PVB. - Para días laborables (de lunes a viernes) el precio será el del producto "GDAES_D+X" fijado el día laborable inmediatamente anterior. - Para fines de semana (de sábado a domingo) el precio será el del producto "GWEES" fijado el día laborable inmediatamente anterior.
Dd =Desbalance en la programación.
COSd =Cuota CORES + Coste reservas de gas estratégicas + Fondo Eficiencia Energética.
GOd =Gastos Operativos, según tabla de precios.
PaTVd =Término variable del peaje de acceso a la red de gasoductos.

Estos precios incluyen el peaje de salida de la red de transporte, el peaje de acceso a redes locales, y otros costes de regasificación, cargos del sistema, Cuota del GTS y de la tasa de la CNMC de acuerdo con la Resolución de 27 de mayo de 2025 de la CNMC, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2026. Los precios permanecerán vigentes hasta nueva regulación que mantenga, modifique o sustituya los mismos, así como cualquier otro añadido regulatorio en el mismo, los nuevos valores serán trasladados automáticamente.

SERVICIOS ADICIONALES
BATERÍA VIRTUAL: PRECIO {{ data_get($servicios, 'bateria_virtual.base', '4,500') }} €/mes ( {{ data_get($servicios, 'bateria_virtual.con_iva', '5,45') }} €/mes IVA incluido). Incluye el acceso a la Batería Virtual en la que se podrá almacenar el importe económico resultante de la energía generada de su instalación fotovoltaica y/o descontar una cantidad económica no superior al importe económico almacenado en dicha batería para cualquiera de las facturas de los puntos de suministros de energía eléctrica y/o de gas que el CLIENTE tenga activados con ADX.
SECURLUZ: PARTICULAR URGENCIAS → PRECIO {{ data_get($servicios, 'securluz_urgencias.anual', '46,800') }} €/año ( {{ data_get($servicios, 'securluz_urgencias.anual_con', '56,63') }} €/año IVA incluido), facturado en cuotas mensuales de {{ data_get($servicios, 'securluz_urgencias.mensual', '3,900') }} € ( {{ data_get($servicios, 'securluz_urgencias.mensual_con', '4,72') }}IVA incluido). Incluye asistencia al domicilio del CLIENTE, en un plazo máximo de 6 horas de lunes a domingo dentro del horario de 9 horas a 23 horas desde el aviso telefónico del CLIENTE, en caso de urgencia eléctrica en la red eléctrica privativa del CLIENTE originado por la falta de energía eléctrica en alguna de sus dependencias, excluyendo garajes, trasteros, anexos, piscinas e iluminación exterior.
PARTICULAR ELECTRODOMÉSTICOS → PRECIO {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.anual', '46,800') }} €/año ( {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.anual_con', '56,63') }} €/año IVA incluido), facturado en cuotas mensuales de {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.mensual', '3,900') }} € ( {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.mensual_con', '4,72') }}IVA incluido). Cubre la reparación de las averías que puedan surgir en alguno uno de los siguientes electrodomésticos (a escoger por parte del CLIENTE): Hornos, Frigoríficos, Congeladores, Campanas extractoras, Microondas, Lavadoras, Secadoras, Lavaplatos. Si el aparato fuera irreparable o si resultase antieconómico, ADX indemnizará con {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.indemnizacion_2_5', '300,000') }} € ( {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.indemnizacion_2_5_con', '363,00') }}IVA incluido) por aparatos de 2 a 5 años, con {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.indemnizacion_5_7', '200,000') }} € ( {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.indemnizacion_5_7_con', '242,00') }}IVA incluido) si tienen de 5 a 7 años {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.indemnizacion_extra', '200,000') }} € ( {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.indemnizacion_extra_con', '242,00') }}IVA incluido) y con {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.indemnizacion_7_10', '120,000') }} € ( {{ data_get($servicios, 'securluz_electro.indemnizacion_7_10_con', '145,20') }}IVA incluido) sin son de 7 a 10 años.
PARTICULAR +plus → PRECIO {{ data_get($servicios, 'securluz_plus.anual', '83,400') }} €/año ( {{ data_get($servicios, 'securluz_plus.anual_con', '100,91') }} €/año IVA incluido), facturado en cuotas mensuales de {{ data_get($servicios, 'securluz_plus.mensual', '6,950') }} € ( {{ data_get($servicios, 'securluz_plus.mensual_con', '8,41') }}IVA incluido). Incluye las coberturas del PARTICULAR URGENCIAS y del PARTICULAR ELECTRODOMÉSTICOS.
SECURGAS (MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE AVERÍAS DE GAS): PARTICULAR +plus → PRECIO {{ data_get($servicios, 'securgas_plus.anual', '119,400') }} €/año ( {{ data_get($servicios, 'securgas_plus.anual_con', '144,47') }} €/año IVA incluido), facturado en cuotas mensuales de {{ data_get($servicios, 'securgas_plus.mensual', '9,950') }} € ( {{ data_get($servicios, 'securgas_plus.mensual_con', '12,04') }}IVA incluido). Servicio que cubre la reparación y el mantenimiento de la instalación individual de Gas, calefacción y caldera. Los servicios comprenden un Servicio de Mantenimiento Preventivo Bienal, que incluye mano de obra y desplazamiento del profesional y un Servicio Correctivo de Reparación de averías de la instalación que incluye, visita de un técnico en menos de veinticuatro (24) horas laborables. Presupuesto y desplazamiento gratuitos. Una hora de Mano de obra empleada para la reparación de la
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DEL CONTRATO DUAL DE SUMINISTRO Y SERVICIOS ADICIONALES
FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS DE SUMINISTRO: Mediante el contrato que el CLIENTE formalizará con ADX ésta proporcionará el suministro eléctrico o de gas natural que precise el CLIENTE en la dirección de suministro bajo las condiciones pactadas en el contrato. Aunque ADX sólo es la comercializadora que compra la electricidad o el gas natural para atender las necesidades del CLIENTE, también representa a éste frente a la Distribuidora que gestiona la red, contratando con la misma el acceso a la Red y pagando los correspondientes peajes fijados legalmente, conceptos todos estos que están incluidos en el presente contrato en los términos pactados en las Condiciones Generales y Particulares.
ACTIVACIÓN DE SUMINISTROS: La fecha de activación efectiva de los suministros de electricidad o de gas será la determinada por la compañía distribuidora, según la legislación vigente.
FORMA DE PAGO: La forma de pago será por recibo bancario domiciliado, con cargo a la vista.
SERVICIOS POST-VENTA: Los servicios post-venta de ADX asociados al suministro de electricidad y de gas son gratuitos. ADX prestará servicio de atención al CLIENTE en el número de tarificación gratuita y los medios de contacto gratuitos de este documento. El CLIENTE tendrá acceso gratuito a la sección AREA CLIENTES de https://adxenergia.es/, con acceso privado on-line, donde el CLIENTE podrá consultar sus consumos y facturas.
CONSUMIDORES VULNERABLES: En caso que el CLIENTE sea una persona física que desee contratar el suministro eléctrico para su vivienda habitual con potencia contratada igual o inferior a 10 kW, que esté acogido al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) según lo definido en el artículo 17 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y que sea perceptor del bono social, el contrato no será tramitado salvo renuncia expresa del CLIENTE según modelo de Anexo VII del Real Decreto 897/2017 por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección al consumidor doméstico. Asimismo, en el caso que el CLIENTE esté acogido al PVPC y no sea perceptor del bono social, se le informa de que, en caso de que cumpliera los requisitos para acogerse al bono social, la suscripción de este Contrato implicará que no resulte aplicable el bono social.
DURACIÓN: El CLIENTE adquiere el compromiso de permanecer como cliente con ADX por el plazo de duración pactado en este Contrato. En caso de resolución anticipada del contrato por causa imputable al CLIENTE, se aplicarán las siguientes penalizaciones e indemnizaciones:
(a) En el caso de suministro eléctrico:
a. Para clientes con tarifa contratada en Baja Tensión (BT), una penalización equivalente al 5% del precio del contrato por la energía estimada pendiente de suministro.
b. Para clientes con tarifa contratada en Alta Tensión (AT) y en su modalidad de Precio Fijo una indemnización a favor de ADX consistente en el resultado obtenido de una regularización de mercado ("Regularización MTM"), siendo dicha indemnización, como mínimo, igual al importe resultante de multiplicar energía estimada pendiente de suministro hasta la finalización del Contrato por un importe de 10 €/MWh. La Regularización MTM se calculará como sigue: Importe de la Regularización MTM = Volumen pendiente (MWh) x Mark to Market (€/MWh). Donde: Volumen pendiente (MWh) = Volumen energía Contratada (MWh) - Volumen de energía consumido (MWh); y Mark to Market (€/MWh) = Materia prima inicial (€/MWh) - Materia prima final (€/MWh). Materia prima inicial (€/MWh) = Cotización del Settlement Price del producto SPEL Base Futures REFERENCE PRICES D-1 (€/MWh), publicado en www.omip.pt, para el periodo de entrega del Contrato. Siendo el día D, el de la firma del Contrato. Materia prima final (€/MWh) = Cotización del "Settlement Price" del producto "SPEL Base Futures REFERENCE PRICES D" (€/MWh), publicado en www.omip.pt, siendo D el día de la factura de la penalización por finalización anticipada del Contrato, para el periodo de entrega correspondiente al plazo a transcurrir desde la fecha de finalización anticipada del Contrato hasta la fecha de finalización del periodo de duración pactado en el Contrato. En el caso de que el Importe de la Regularización MTM fuese positivo, se emitirá una sola factura de cargo al CLIENTE por este concepto, pagadera según las condiciones de pago establecidas en el Contrato. En el caso de que el Importe de la Regularización MTM fuese negativo, la indemnización será igual al importe resultante de multiplicar energía estimada pendiente de suministro hasta la finalización del Contrato por un importe de 10 €/MWh.
(b) En el caso del suministro de gas:
a. Para clientes con derecho a acogerse a la tarifa de último recurso (TUR), tanto en la modalidad de Precio Fijo como Variable, la penalización aplicable será del 5% de la facturación prevista por el término variable de energía, que se calculará mediante la multiplicación del precio del contrato en el momento de su rescisión por la energía estimada pendiente de suministro y sólo será de aplicación en caso de que la rescisión se produzca durante el primer año de duración del contrato.
b. Para el resto de clientes, tanto en la modalidad de Precio Fijo como Variable, la penalización aplicable será del 15% de la facturación prevista por el término variable de energía, que se calculará mediante la multiplicación del precio del contrato en el momento de su rescisión por la energía estimada pendiente de suministro y sólo será de aplicación en caso de que la rescisión se produzca durante el primer año de duración del contrato.
RENOVACIÓN: El contrato se prorrogará automáticamente por periodos anuales siendo que, el precio a aplicar en este caso será el Precio Fijo anteriormente establecido, sin la aplicación del descuento promocional, de conformidad con el plazo de aplicación de los descuentos promocionales aquí establecido; o, a discreción de ADX, el Precio Indexado aplicando el GOh anteriormente establecido. En este caso, no se considerará que ha habido revisión de precio y, por lo tanto, el CLIENTE no podrá resolver el Contrato alegando revisión de precios con aumento de precio respecto al anteriormente aplicado. En su caso, el cambio de modalidad de precio Fijo a Indexado o viceversa será de aplicación a partir del inicio del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la fecha de inicio de la prórroga.
CERTIFICADO DE ENERGÍA VERDE: El precio de la energía no incluye el coste de adquisición de las Garantías de Origen necesarias para la certificación de energía verde mediante etiquetado verde según mecanismos de la CNMC ni, en su caso, los movimientos de transferencia, importación, exportación y redención de garantías de origen. En caso de solicitud expresa por parte del CLIENTE de certificación de Garantías de Origen del suministro según los mecanismos establecidos por la CNMC, mensualmente se facturará al CLIENTE el precio de las Garantías de Origen que se establece en el Anexo de Condiciones Económicas.
DESCUENTOS Y ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS: Los precios ofrecidos al CLIENTE que desea contratar son los que constan en el presente documento, constando en el mismo cualquier posible descuento promocional que se le haya ofrecido al CLIENTE para contratar y sus características. En cualquier caso, la validez de los descuentos es de aplicación por el período contratado, reservándose ADX la aplicación de los descuentos en sucesivas renovaciones (siempre y cuando éstas sean bajo aceptación expresa del CLIENTE y, no tácita) una vez transcurrida la duración mínima del Contrato. Los precios de suministro de electricidad y gas incluyen los términos de los peajes de acceso de acuerdo con la normativa vigente. Serán a cargo del CLIENTE incrementando por tanto el precio aplicable, cualquier modificación de los conceptos, actividades, estructura tarifaria y demás componentes regulados o nuevos costes o conceptos que pudieran entrar en vigor durante la vigencia del presente Contrato. Ello incluye, con carácter enunciativo y no limitativo, los peajes y cánones de acceso a las redes de transporte y distribución, a las plantas de gas natural licuado y a los almacenamientos subterráneos; la retribución al operador del mercado y el sistema; los pagos por capacidad; las pérdidas de red; el servicio de interrumpibilidad; los tributos que graven el consumo de electricidad y los suplementos territoriales. Las referidas cantidades serán trasladadas automáticamente y de manera íntegra a los precios del suministro o de los SAS en la medida en que sean de aplicación y sin que ello pueda considerarse modificación de las condiciones contractuales. Asimismo, los precios pactados en este Contrato se actualizarán automáticamente el día 1 de enero de cada año. Las sucesivas actualizaciones a partir de la primera se realizarán sobre los precios anteriormente actualizados. Para el cálculo de dicha actualización, se tomará como base el incremento del IPC publicado por el Instituto Nacional de Estadística. A estos efectos se tendrá en cuenta la variación del IPC en los doce meses previos al mes de noviembre anterior al momento de producirse la actualización contractual de precios aquí pactada o, un incremento de 0,001€/kWh, aplicando el mayor.
DERECHO DE DESISTIMIENTO: El CLIENTE que ostente la condición de Consumidor o Usuario, según se define en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, tiene derecho a desistir del presente contrato, en el plazo de 14 días naturales desde la fecha de celebración del mismo, sin necesidad de justificación Para ejercer el derecho de desistimiento, el CLIENTE puede remitir su decisión de desistir del contrato a través de una declaración inequívoca en la que solicite su derecho de desistimiento enviando carta por correo postal a ADX RENOVABLES, S.L., domiciliada en C/ Electrónica 19, Planta 7C, 08915 Badalona (Barcelona) o por email a info@adxenergia.es. Asimismo, el CLIENTE puede ejercer su derecho de desistimiento contactando por teléfono en el 900747185. En caso de haber solicitado que el suministre se active durante el plazo de desistimiento, el CLIENTE deberá abonar el importe proporcional de la parte ya prestada del servicio en el momento en que haya informado del ejercicio del derecho de desistimiento.
CÓDIGO DE CONDUCTA: El CLIENTE puede acceder al Código Ético Corporativo y de Conducta del Grupo Audax, con el compromiso de buenas prácticas comerciales en la siguiente dirección: https://www.audaxrenovables.com/gobierno-corporativo/etica-transparencia-y-buen-gobierno/.
RECLAMACIONES Y RESOLUCION DE CONFLICTOS: El CLIENTE podrá realizar las reclamaciones que estime pertinentes, en relación con el presente Contrato, mediante escrito dirigido a ADX RENOVABLES, S.L., Calle Electrónica 19, Planta 7C, 08915 Badalona, Barcelona, a través del teléfono gratuito de atención al cliente 900747185 o por email a info@adxenergia.es. Interpuesta una reclamación, si no se hubiera resuelto en el plazo de un (1) mes o si resuelta no fuera estimada, el CLIENTE podrá presentar la reclamación ante las Juntas Arbitrales de Consumo para los asuntos que ADX haya sometido a arbitraje. Las entidades competentes a tal efecto son las Juntas Arbitrales de ámbito autonómico y la Junta Arbitral Nacional de Consumo. Puede consultar más información en: http://www.consumo.gob.es/es/consumo/sistema-arbitral-de-consumo. Si el suministro se localiza en Cataluña, también podrá dirigirse a la siguiente dirección: Calle Electrónica, 19, 2C, 08915, Badalona (Barcelona).
CALIDAD DEL SUMINISTRO: ADX no será en ningún momento responsable de la falta de calidad de suministro o de los daños que pudieran producirse al CLIENTE por interrupciones, cortes de suministro, bajadas de tensión, etc., debiendo dirigir el CLIENTE cualquier reclamación derivada de la defectuosa calidad del suministro a la empresa Distribuidora con la cual tenga contratado el acceso a la red, así como la gestión y tramitación de cualquier tipo de compensación, reembolso o indemnización a las que hubiera lugar, de conformidad con lo establecido en los arts. 101 a 110 del R.D. 1955/2000 (electricidad) y arts. 63 a 66 del RD 1434/2002 (gas) o normas que lo sustituyan.

p.p

a adx energía

ADX RENOVABLES, S.L.

NIF: B72582051

C/ ELECTRONICA 19, PLANTA 7C,

BADALONA (BARCELONA)

900747185 - info@adxenergia.es

Por el Cliente:
(Firma y sello)
Lugar y fecha: En {{ data_get($cliente ?? [], 'localidad', '') }} , a {{ data_get($cliente ?? [], 'dia', '') }} de {{ data_get($cliente ?? [], 'mes', '') }} de {{ data_get($cliente ?? [], 'año', '') }}